Según el artículo 2 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, ¿qué órgano tiene atribuida la competencia ejecutiva directa en materia de limpieza y zonas verdes?
El artículo 2.9 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid crea el Área Delegada de Limpieza y Zonas Verdes, dependiente del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. El artículo 2.2 atribuye a esta Área Delegada 'el desarrollo y ejecución' de las competencias en limpieza y zonas verdes, lo que supone la competencia ejecutiva directa sobre dicha materia. Las áreas de gobierno ejercen la superior dirección, no la ejecución directa.
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No confundas el órgano que dirige (Área de Gobierno) con el que ejecuta (Área Delegada). El artículo 2.2 especifica que la ejecución directa corresponde al Área Delegada, no al Área de Gobierno.