Según el artículo 114, el plazo de presentación de enmiendas al Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid deberá finalizar, en todo caso, con posterioridad a la terminación del trámite de:

Acomparecencias de los miembros de la Junta de Gobierno y demás concejales con responsabilidad de gobierno.
Bla remisión del Proyecto de Presupuesto al Pleno Municipal.
Cla aprobación del calendario de tramitación por la Comisión competente.
Respuesta correcta: A
Dificultad: difícil
Justificación oficial

El artículo 114.4 establece: «El plazo de presentación de enmiendas deberá finalizar, en todo caso, con posterioridad a la terminación del trámite de comparecencias referido en el apartado anterior.»

Art. 114.4 · Reglamento Orgánico del Pleno (Madrid)

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Truco para memorizarlo

Recuerda: el plazo de enmiendas siempre termina después de las comparecencias; no antes de la remisión al Pleno ni de la aprobación del calendario.

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